Las medidas de aislamiento y distanciamiento que comenzaron en Argentina el 20 de marzo se extienden desde hoy hasta el 30 de agosto. Se anunció el viernes y se publicó este domingo en el boletín oficial. La ciudad de Buenos Aires y localidades de siete provincias continuarán con el nivel más estricto de esta política, el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO); el resto del país continuará en Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DSPO). 

El Gobierno Nacional decretó nuevas aperturas y habilitaciones y los dos distritos que integran la región más afectada por la pandemia, el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), profundizan maneras distintas de llevar adelante la gestión de la cuarentena. 

Son 35 los municipios de la provincia de Buenos Aires (concentrados en la región metropolitana) que continuarán en la fase 3, no habrá grandes cambios. Sí en conglomerados de más de 500.000 habitantes el decreto habilita a permitir salidas recreativas o práctica de deporte, para ello el gobernador o intendente debe presentar el protocolo a Nación para que sea aprobado.

Otros municipios han avanzado en protocolos propios para diversas actividades, tal es el caso de San Isidro o Vicente López. En el entorno del gobernador Axel Kicillof consideraron estos casos “como pruebas pilotos de intendentes bajo su responsabilidad”.

Gustavo Posse on Twitter

En el caso de la ciudad de Buenos Aires, el jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta, anunció que desde este lunes se elimina el el requisito del DNI para salidas recreativas; se suman actividades profesionales y comercios de avenidas principales; se habilitan hoteles con protocolos especiales y de manera gradual y se habilita la práctica de deportes individuales al aire libre. Para estas prácticas, estarán abiertos el Hipódromo de Palermo y el Autódromo de la Ciudad de Buenos Aires.

Continuarán prohibidas las siguientes actividades:

- Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.

- Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.

- Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

- Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 23 de este decreto.