Ni federalismo ni paridad de género. Así ingresó esta semana el proyecto que los gobernadores (con el aval del presidente Alberto Fernández) presentaron para modificar y ampliar la conformación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Si bien se había mencionado la posibilidad de que cada provincia estuviera representada, lo cierto es que eso no se cristalizó del todo. “Una ley especial determinará el modo de organización y funcionamiento de la Corte”, marca el proyecto. Una forma de patear hacia adelante una idea que tiene bastante difícil el trámite para su aprobación.

No es la primera vez que un gobierno quiere modificar la composición del Máximo Tribunal. La Constitución Nacional de 1853 establecía que debía estar compuesta por nueve jueces. De acuerdo a los constitucionalistas, la idea de ese número de integrantes surgía -como gran parte del texto constitucional- de dos lugares: la llamada ‘constitución de [Bernardino] Rivadavia’ y una ley norteamericana de 1837.

No obstante, en 1860 se realizó la primera reforma constitucional y se eliminó la referencia al número de integrantes y esa responsabilidad pasó a tenerla el Congreso Nacional, que sancionó una ley donde se fijó en cinco ministros. Con esa integración (donde los jueces eran elegidos y propuestos por el Poder Ejecutivo), se funcionó hasta 1960.

Durante la presidencia de Arturo Frondizi, la Corte pasó a siete miembros, aunque incluso se había debatido entre los propios jueces la idea de que pasen a ser nueve. Tan solo seis años después, llegó un nuevo cambio: otra vez -pero en este caso, bajo un gobierno de facto- se redujo a cinco magistrados de la Corte.

Tras la dictadura cívico militar y durante el regreso a la democracia, el debate volvió junto con las críticas al funcionamiento de un Poder Judicial que había sido muchas veces cómplices de las atrocidades cometidas durante el período 1976-1983. En 1987 el gobierno de Raúl Alfonsín presentó un proyecto para elevar a siete los integrantes del Máximo Tribunal pero no tuvo éxito.

Conocida es la historia de lo que sucedió con Carlos Menem y la mayoría automática. El presidente entre 1989 y 1999 promulgó la ampliación a nueve y logró tener un espaldarazo clave en causas que le preocupan tanto a él como a integrantes de su gobierno. Tras la crisis institucional, política y económica de 2001, el presidente Néstor Kirchner publicó en 2003 un decreto donde transparentaba los procesos para la elección de jueces para la Corte Suprema.

El decreto 222/03 establece el proceso de publicidad de los y las candidatas para la Corte, la publicación de sus CV, un período de tiempo para que sean recibidas en el Senado adhesiones e impugnaciones a las candidaturas. Marca también que la Comisión de Acuerdos debe dar el aval tras una sesión y que recién después el pliego del candidato es votado por el Senado. Para llegar a la Corte, se deben tener los dos tercios de los votos de todos los presentes en esa sesión.

Tras renuncias y juicios políticos, el kirchnerismo nominó a cuatro nuevos integrantes: Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay. Se sumaron entonces a quienes quedaban dentro del Máximo Tribunal: Enrique Santiago Petracchi y Carlos Fayt (nombrados en 1983) y Juan Carlos Maqueda, el único magistrado que se nombró durante el gobierno de Eduardo Duhalde.

No obstante la ley lo permitía, nunca se nombraron a los otros dos candidatos/as para la Corte de nueve. En 2006, a instancias de un proyecto de la por entonces senadora nacional Cristina Fernández de Kirchner, se ordenó la reducción a cinco jueces, con un régimen de transición que le permitió funcionar con sus siete integrantes hasta 2014. Ese año fallecieron Argibay y Petracchi, mientras que Zaffaroni presentó su renuncia en diciembre pues cumpliría 75 años en enero de 2015. Esa edad es el límite que establece la Constitución para ocupar ese lugar.

Tras casi un año de funcionamiento con 4 miembros, Fayt renunció a su cargo en diciembre de 2015. Highton, Lorenzetti y Maqueda estuvieron con la mínima composición permitida (con dos integrantes no se podría siquiera consolidar una mayoría) hasta la llegada de Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, post escándalo por el fallido intento de nombrarlos por decreto y no con el proceso constitucional vigente.

La idea de los 25 se ha cruzado con varias resistencias. Hay quienes sostienen que solo serviría para retrasar aún más los procesos de las causas que llegan a la Corte Suprema. A esa situación, se responde desde el oficialismo con la conformación de salas especializadas dentro de la Corte: es decir, que solo intervengan los jueces/zas especializadas en esa materia.

Del otro lado de la biblioteca, le responden con que la organización en sala podría ser inconstitucional y citan al abogado constitucionalista Germán Bidart Campos, que en su Tratado de Derecho Constitucional sostiene que la división provocaría que las sentencia se dictaran únicamente por una sala y no por el tribunal “en pleno” como fija la Constitución. 

Más allá de las posibles inconstitucionalidades, el Gobierno sabe que el proyecto atravesará las dificultades que tuvieron que pasar todas las ideas relacionadas con lo judicial y que quedaron trabadas en la Cámara de Diputados. Se enfrenta también a un dilema: si no pudo nombrar siquiera a la reemplazante de Highton, ¿qué garantías puede tener un proyecto con esta ampliación? Dentro de Tribunales hay quiénes señalan, con algo de sorna, maldad y quizás expresión de deseo, que si el proyecto llega a aprobarse, finalmente sea algún futuro presidente de Juntos por el Cambio el que concrete el plan de nombramientos.