El presidente Javier Milei modifico una ley mediante un decreto de necesidad y urgencia para conseguir un nombramiento clave en el andamiaje jurídico de su gobierno.

El primer mandatario y sus ministros firmaron el decreto 23/2023 para designar en la Procuración del Tesoro a Rodolfo Barra, exintegrante de la “mayoría automática” en la Corte Suprema de Justicia durante el gobierno de Carlos Menem.

El decreto modifica la Ley N° 18.777, que establece las funciones de la Procuración del Tesoro de la Nación. Anteriormente, esta ley fijaba un límite de edad (70 años) para ocupar el cargo de Procurador del Tesoro. Nacido el 19 de diciembre de 1947, Barra tiene 75 años por lo que estaba imposibilitado de ocupar ese cargo sino se modificaba ese requisito.

Barra no sólo fue integrante de la Corte que Menem, sino que además ocupó varias cargos en su administración. Llegó a ser ministro de Justicia.

De este modo, el gobierno de ultraderecha modificó por decreto la ley para que Barra pueda acceder al puesto, pero lo llamativo es que lo hizo invocando el artículo 18 de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

El decretó dice: “Desígnase en el cargo de Procurador del Tesoro de la Nación al doctor en Ciencias Jurídicas Rodolfo Carlos Barra” y lleva la firma de Javier Milei, Nicolás Posse, Guillermo Francos, Diana Mondino, Luis Petri, Luis Andres Caputo, Patricia Bullrich, Mario Russo, Mariano Cúneo Libarona,  Guillermo José Ferraro y Sandra Pettovello.

El decreto elimina ese requisito de edad, sustituyendo el artículo 2° de la ley. Ahora solo se requiere ser ciudadano argentino, abogado con título habilitante de una universidad argentina y tener al menos 8 años de antigüedad en la profesión.

La modificación se fundamenta en el principio constitucional de igualdad ante la ley y de no discriminación por motivos de edad, así como en tratados internacionales sobre derechos humanos de las personas mayores. También se menciona un fallo de la Corte Suprema que declaró la inconstitucionalidad de un límite de edad para ser Encargado de Registro de la Propiedad Automotor.

El decreto se dicta de urgencia y será evaluado por el Congreso, de acuerdo al procedimiento establecido para los decretos de necesidad y urgencia en la Constitución Nacional y la Ley N° 26.122.