El procurador Eduardo Casal se pronunció este martes en contra de la nueva reelección de Sergio Uñac como gobernador de San Juan.

En la causa impulsada por la agrupación "Evolución Liberal" de San Juan, el representante del Ministerio Público Fiscal analizó el artículo 175 de la Constitución local, el cual establece ciertos límites a la permanencia en dichos cargos, al disponer que “el Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.

Uñac fue elegido vicegobernador para el período 2011-2015. Luego resultó electo gobernador para el período 2015-2019; y que nuevamente fue elegido gobernador para el período 2019-2023.

En este escenario, Casal sostuvo que "es claro" el empleo de los términos el Gobernador y el Vicegobernador” seguidos de la expresión “pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”. “Indica, sin hesitación, que la norma limita, de manera indistinta para ambos cargos, la reelección consecutiva hasta dos oportunidades”, opinó.

Y continuó: “Pienso que no puede aceptarse que el límite a la reelección consecutiva “hasta dos veces” que fija la norma bajo estudio opere de manera independiente para cada uno de los cargos de gobernador o vicegobernador, de forma tal que admita la permanencia en tales funciones de manera sucesiva, consecutiva e ininterrumpida, sin límite alguno de tiempo, con la sola exigencia de la alternancia en su ejercicio”.

Para Casal, una lectura distinta del artículo 175 “habilitaría la posibilidad de que una misma persona sea electa durante un número indefinido de períodos como gobernador y vicegobernador -de manera sucesiva, consecutiva e ininterrumpida- con la sola exigencia de que vaya alternando el ejercicio de tales cargos, sin superar nunca los doce años de permanencia en uno de ellos, de tal suerte que el límite que se pretendió establecer a la reelección inmediata de los cargos de la fórmula ejecutiva quedaría en letra muerta”.

Cabe recordar que la Corte Suprema suspendió elecciones previstas en San Juan.  El dictamen de Casal no es vinculante para los jueces del máximo tribunal, que ahora están en condiciones de definir sobre el fondo del planteo.