En medio de la segunda ola de la pandemia del coronavirus y el aumento exponencial de casos, el sistema de salud se tensiona cada vez más y comienza a darse una situación muy preocupante: en muchos hospitales y clínicas falta oxígeno.

Por este motivo, los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo de la Nación firmaron una resolución conjunta por la que se congelan los precios de oxígeno medicinal por 3 meses. Además, se prioriza la provisión para el sistema de Salud.

Según la Resolución Conjunta 6/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, queda establecido que todos los productores de oxígeno líquido del país están obligados a destinar "el abastecimiento de la demanda de los establecimientos asistenciales y/o productivos del sector de la salud con carácter exclusivo", lo que prioriza el sistema sanitario por sobre los requerimientos de la industria.

Asimismo, se establece que "el precio máximo de venta de oxígeno y de prestación del servicio de transporte, distribución y acarreo será el vigente al momento de la publicación de la presente resolución conjunta en el Boletín Oficial y no pondrán aumentarlo mientras rija la resolución, que vencerá en 90 días".

A su vez, la resolución intima a las empresas que forman parte "de la cadena de producción, distribución y acarreo de oxígeno medicinal a granel o en tubo a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte, distribución y comercialización en todo el país durante el período que dure la emergencia sanitaria".

El miércoles, Data Clave contó en exclusiva la problemática que están atravesando las industrias, los fraccionadores y los comercios para poder abastecer a todos sus clientes de clínicas privadas y públicas. Varios actores de este eslabón comentaron que incluso se aumentó fuertemente la producción, pero que la demanda se cuadriplicó en los últimos 30 días en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Por otro lado, la Secretaría de Comercio Interior y la Secretaría de Calidad en Salud tendrán a su cargo el monitoreo del cumplimiento de esta resolución con los procedimientos y sanciones previstos en la Ley N° 20.680 (Ley de Abastecimiento), en el caso de Comercio.